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El servicio de Guardería incluye el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de los menores desde los 43 días hasta los 4 años de edad, hijos de:



-Servicio a Particulares

 

-Trabajadora inscrita en el IMSS bajo el régimen obligatorio.
-Trabajador inscrito en el IMSS bajo el régimen obligatorio, viudo.
-Trabajador inscrito en el IMSS bajo el régimen obligatorio, divorciado que ejerce la patria potestad y tiene la custodia del menor.
-Trabajador inscrito en el IMSS bajo el régimen obligatorio que no sean padres consanguíneos, o por adopción que ejerzan la patria potestad y tengan la custodia del menor.


 

El trámite se realiza llenando la solicitud EN LINEA.

 

http://www.imss.gob.mx/tramites/catalogo/Pages/imss_01_006.aspx



El ingreso o reingreso del menor queda sujeto al cupo existente en la sala solicitada.

Una vez notificada la aceptación por parte de la guardería, se dispone de diez días hábiles para entregar a la guardería la documentación requerida.

Inscripciones

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